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Viajes de incentivo: el gran ausente
Por ejemplo, es lamentable que en México no haya quedado cobijados los viajes de incentivos dentro del beneficio de la Tasa Cero. Los viajeros de incentivos se otorgan como premio a las personas por buen desempeño en su trabajo o por cualquier otro motivo. En México, la exclusión de este rubro se debió a que el incentivo fiscal tiene como objetivo impulsar el turismo de negocios exclusivamente. Pero es evidente que los viajes de incentivos se dan gracias a las decisiones de empresas y no son motivadas exclusivamente por los deseos personales del viajero. Además, el gasto medio por viajero de EEUU en el segmento de incentivos alcanza en México cerca de los US$2.000, incluyendo avión. Es decir, 54% más que el gasto promedio del viajero internacional que asiste a congresos y convenciones. Sin duda, esta ha sido la carencia más notoria en la aplicación del beneficio de la Tasa Cero en México.
Con destinos mundialmente conocidos, toda América Latina tiene un gran potencial en materia de viajes de incentivos (actualmente capta el 15% de la demanda de los EEUU en este segmento). Cabe resaltar que a raíz de los ataques terroristas del 11 de septiembre, 2001 y la subsecuente desaceleración económica estadounidense, se dio una tendencia marcada en el segmento empresarial de los EEUU donde cada vez más se combinan los viajes de incentivos con reuniones de trabajo. Es decir, cada vez más se dieron grupos híbridos que fueron a la vez a una convención y a un viaje de incentivos. El excluir los viajes de incentivos del beneficio de la tasa cero deja una incertidumbre legal en cuanto a su aplicación, especialmente en el trato que se debe dar a estos grupos híbridos.
Réditos para todos
Otra lección que se puede aprender de la experiencia mexicana es tomar en cuenta la interdependencia que siempre ha caracterizado a los diferentes sectores de la industria de viajes. Al aplicarse el beneficio de tasa cero en México exclusivamente a hoteles que cuenten con centros de convenciones y que contraten directamente con los organizadores en el extranjero, quedaron automáticamente excluidos del proceso las agencias receptivas, los DMC (operadores locales del destino) y los centros de convenciones. Si se hubiera considerado el conjunto, se podría haber potenciado aún más el beneficio de esta medida.
Hay otras carencias de la experiencia mexicana con la tasa cero, que son resultado de una mala planeación y ejecución legislativa. Para empezar, la ley del IVA en México fue modificada por medio de un decreto ambiguo, donde se anunciaba que el beneficio se aplicaría a partir del 1ero. de enero de 2004. No obstante, no fue sino hasta abril de 2004 que se publicó un reglamento a esta ley donde se aclara cómo interpretar el decreto y ejecutar el beneficio en la práctica. Sin embargo, tampoco fue claro el reglamento y parecía redactado sin un conocimiento real del negocio grupal extranjero en México ni del proceso de ventas.
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