Edición No. 148   Quito, 16 de Enero del 2006
           
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
       
 

Presentación de Anexos de Retenciones en la Fuente de Impuesto a la Renta

 
       
 

Nos permitimos recordarles que el Servicio de Rentas Internas, através de la Resolución No. NAC-DGER2005-0039, publicada en el RO No. 527 del 18 de febrero de 2005 efectuó, entre otros, cambios relacionados con la presentación de Anexos de Retenciones en la Fuente de Impuesto a la Renta:

  • Únicamente están obligados a presentar esta información los agentes de retención que hayan declarado y pagado un valor consolidado igual o mayor a CIEN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 100,oo) durante todo el año.
  • En el caso de los pagos que realizan los empleadores a los empleados, se deberá informar inclusive en aquellos casos en que no se ha generado ninguna retención, con todos los datos contenidos en el comprobante de retención.
  • Respecto del ejercicio económico 2005, el plazo para la entrega de esta información inicia el 1° de enero del año 2006 y vence en las siguientes fechas del mismo año, según el noveno dígito del número del Registro Único de Contribuyentes del informante:
 
     
 
 
     
 
Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil.
 
     
© 2004 CAPTUR, Temas Turísticos es una publicación de la Cámara Provincial de Turismo de Pichincha, Quito-Ecuador
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